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Mostrando las entradas de abril, 2016

Entrevista Radio del Sur: Nulidad del artículo 44 del Código Civil permitirá avanzar en matrimonio igualitario en Venezuela

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) admitió una Demanda de Nulidad por inconstitucionalidad al artículo 44 del Código Civil, el cual permitirá avanzar en las uniones civiles de personas del mismo sexo en Venezuela, así lo indicó este viernes el activista de la Asociación Civil Venezuela Igualitaria, Giovanni Piermattei. Durante el programa El Tren de la Tarde transmitido por La Radio del Sur, Piermattei explicó que al artículo 44 del Código Civil prohíbe expresamente el matrimonio igualitario, “pero con la decisión del TSJ hemos logrado un paso para la comunidad sexodiversa de Venezuela, que ha luchado por sus derechos y ha solicitado igualdad en temas como el del matrimonio, entre muchos otros”. “Hoy estamos reivindicando la lucha por la dignidad como seres humanos y nuestras relaciones afectivas”, dijo el activista de la Asociación Civil Venezuela Igualitaria. Manifestó que en la Constitución Bolivariana no hay discriminación racial, además no prohíbe la

Sala Constitucional del TSJ admite Demanda por Inconstitucionalidad del Art. 44 del Código Civil

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Hoy 28 de abril de 2016 en la pagina del TSJ se ve publicada la Decisión No 313 de la Sala Constitucional dándole Admisión a la Demanda de Nulidad por Inconstitucionalidad del Articulo 44 del Código Civil que estaba en manos de la Magistrada Gladys María Gutiérrez Alvarado, Presidenta del máximo organismo judicial venezolano. La demanda interpuesta el 29 de enero de 2015 por AC Venezuela Igualitaria de la mano del Abog. José Manuel Simons y su Presidente Ing. Giovanni Piermat tei, y la cual fue motivo de varias adhesiones de movimientos sociales, ONG;s y particulares durante los meses subsecuentes busca anular parcialmente el Artículo 44 del Código Civil venezolano (cuya ultima modificación data de 1982) el cual consideramos es el único instrumento jurídico que prohíbe expresamente el matrimonio entre personas de igual sexo y/o género, lo que significaría la apertura definitiva para una Ley de Matrimonio Civil Igualitario. Cabe destacar que al cierre del petitorio de e

COMUNICADO: Voces que incitan al odio

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Hoy miércoles 20 de abril de 2016 se registra nuevamente un Delito de Odio, esta vez por parte de una vocera del PSUV, la Ministra Iris Varela, quien además ejerce un alto cargo dentro del Gabinete Ministerial del Gobierno del Presidente Nicolás Maduro. No es el asesinato a una mujer transgénero o transexual o a un chico gay o a una chica lesbiana como estamos acostumbrados, es un delito de odio emitido a través del ejercicio de su libertad de expresión y cuyo peso excita negativamente a quienes plagados de prejuicios ya rechazan, condenan y censuran a las personas por ser, pensar, sentir y amar distinto a lo heterosocioculturalmente aceptado y normado y que contribuye ferozmente a que continúen exacerbándose los asesinatos, el bullying (acoso) escolar, laboral y social y la violencia en todas sus formas. En su cuenta twitter publica lo siguiente: La intención es condenar el ejercicio de las funciones del Gobernador de Miranda Enrique Capriles Radonsky quien posiblemente

Conversatorio en Barquisimeto por el respeto la Dignidad Humana

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El sábado 16 de abril se llevó a cabo el Conversatorio "Matrimonio Igualitario y la dignidad humana" un encuentro que se sostuvo desde las 2 pm hasta pasadas las 5 de la tarde en los espacios de la capilla del Museo de Barquisimeto, gracias a la invitación de Ana Montesdeoca de las Librerías del Sur.  En la actividad que contó con la asistencia de alrededor de 20 personas, se hizo una microcelebración del Día Mundial de las Artes con una muestra de Fotografías intervenidas del Artista Gráfico Aragueño Daniel Arzola, con un recital de la Poesía "Hablo Por Mi Diferencia" del autor chileno Pedro Lemebel y se realizó un minuto de Silencio en nombre de los constantes femicidios hacia nuestras mujeres trans de la localidad. Agradecemos la participación de los y las asistentes pues parafraseando a una de ellas "apoderarse de estos conocimientos nos nutren, nos edifican y nos hacen comprender más a nues tra sociedad, tan gratamente diversa y se visibilizan  las di

El TSJ debe declarar la “omisión legislativa” por la no discusión del Proyecto de Ley de Matrimonio Igualitario

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Hoy martes 12 de abril de 2016 AC Venezuela Igualitaria, interpuso ante la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia una Acción Directa de Inconstitucionalidad por Omisión Legislativa por parte de la Asamblea Nacional de Venezuela. Caso: Proyecto de Ley de Matrimonio Civil Igualitario en Venezuela, introducido por Iniciativa Popular el 31 de enero de 2014. Se recuerda a la Sala que la exigencia y objeto primordial del Proyecto de Ley de Matrimonio Igualitario es reivindicar la dignidad humana de millones de hombres y mujeres que históricamente y aun hoy día sufren de violencia física, psicológica, emocional y moral derivada de  la opresión y el estigma que imprimen los prejuicios sobre sus ciudadanías. Reivindicar la dignidad, valor ínsito de la persona humana por haber nacido, y el cual es protegido constitucionalmente en su Artículo 3, y que deriva en distintos derechos fundamentales irrenunciables, inalienables, indivisibles e interdependientes como los son el derech

La Sentencia 190/2008 SC-TSJ no es obstáculo para el Matrimonio Igualitario

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Ante el oportuno uso que ahora la Diputada Tamara Adrián le da a la Sentencia 190/2008 para justificar la negativa de la nueva Asamblea Nacional a discutir el proyecto de Ley de Matrimonio Civil Igualitario, despidiéndose de su envestidura de activista por los DDHH de la población LGBTI y plegándose a los lineamientos y proyecto político de la MUD, la AC Venezuela Igualitaria sostiene, en el siguiente análisis, que sus argumentos no son responsables ni coherentes con su acciones anteriores. Cuando damos lectura al siguiente párrafo extraído textualmente de la Sentencia 190/2008 de la SC del TSJ: “La Sala quiere destacar que la norma constitucional no prohíbe ni condena las uniones de hecho entre personas del mismo sexo, que encuentran cobertura constitucional en el derecho fundamental al libre desenvolvimiento de la personalidad (…)” Es decir, la Constitución no cierra las puertas a que se regulen las Uniones de Hecho. Asumimos que dado que la solicitud interpuesta por la AC U